La SEP, desde su creación en 1921, tiene como una de sus funciones la de elaborar un calendario escolar, con ciclo lectivo anual, que rija las actividades escolares de las escuelas públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional. En este sentido, los artículos 87 y 113, fracción III, de la Ley General de Educación señalan que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal, determinar el calendario escolar aplicable a toda la república, para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica. Lo anterior, a fin de cubrir los planes y programas aplicables.
De acuerdo con la citada Ley, el calendario propuesto deberá contener un mínimo de 185 días y un máximo de 200 días efectivos de clase para los educandos; además, se especifica que las autoridades escolares, previa autorización de la autoridad educativa local y de conformidad con los lineamientos que expida la SEP, podrán ajustar fechas previamente establecidas por la SEP, dichos cambios deberán prever las medidas para cubrir los planes y programas de estudio aplicables.
En cumplimiento de esta disposición, la Secretaría de Educación Pública publicó el 10 de junio de 2024 en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 10/06/24, en el que se establece el calendario escolar de 190 días para el ciclo lectivo 2024-2025, aplicable en toda la República para las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
